Prevenci贸n de la Tortura

M茅dicos 鈥 actores clave en la lucha contra la tortura


La tortura es una de las m谩s graves violaciones de los derechos fundamentales de una persona. Destruye la dignidad, el cuerpo y la mente y tiene efectos prolongados en la familia y la comunidad. La vida sin tortura es un derecho humano universal y fundamental para todos como lo garantiza el derecho internacional y lo define la . Sin embargo, su pr谩ctica se mantiene generalizada, en especial en lugares ocultos.

La Asociaci贸n M茅dica Mundial (AMM) est谩 comprometida desde hace mucho contra toda forma de tortura y malos tratos y toma medidas para evitarla. La AMM condena tambi茅n en茅rgicamente toda participaci贸n de m茅dicos en actos de tortura, ya sea activa o pasiva, como una violaci贸n grave del C贸digo Internacional de 脡tica y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Protocolo de Estambul: Manual para la investigaci贸n y documentaci贸n eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

贰濒听(1999), que ha sido aprobado por la ONU, proporciona el primer conjunto de directrices reconocidas internacionalmente para los expertos m茅dicos y legales sobre c贸mo determinar si una persona ha sido torturada. Establece evidencia independiente v谩lida que puede ser utilizada en tribunales en casos de supuestos torturadores. El Protocolo de Estambul se ha convertido en un instrumento crucial en el esfuerzo global para terminar con la impunidad de los responsables. Junto a otras organizaciones, la AMM particip贸 de manera activa en el proceso de preparaci贸n y apoya su distribuci贸n y utilizaci贸n.

Reglas de Nelson Mandela

Las Reglas M铆nimas Est谩ndares para el Trato de Presos fueron adoptadas en 1957 y revisadas y cambiadas de nombre a . A menudo son聽consideradas por los Estados como la primera fuente de normas sobre el trato en detenci贸n. Las reglas revisadas incluyen estipulaciones sobre condiciones m谩s estrictas en celdas de aislamiento, examines f铆sicos y tambi茅n el reconocimiento que los profesionales de salud independientes tienen el deber de no participar en torturas u otros malos tratos.

OPCAT

tiene como objetivo 鈥渆stablecer un sistema de visitas peri贸dicas a cargo de 贸rganos internacionales y nacionales independientes a los lugares en que se encuentren personas privadas de su libertad, con el fin de prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes鈥 (art铆culo 1 del Protocolo).

Como parte del sistema, se invita a los Estados Partes a establecer un organismo de visita para la prevenci贸n de la tortura (llamado com煤nmente Mecanismo Nacional de Prevenci贸n, NMP). La AMM considera que la participaci贸n de m茅dicos en estos mecanismos de visita es esencial para abordar los temas de salud relacionados con la tortura y el maltrato, para evaluar el sistema de salud y el impacto de las condiciones generales de detenci贸n sobre la salud de los detenidos.